Advierte presidenta del IEEPCO que apelará sentencia que la inhabilita por un año; descarta separarse del cargo

Oaxaca.- La presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez González, descartó que  vaya a separarse del cargo tras la resolución emitida por el Tribunal de Justicia Administrativa de Oaxaca y Combate a la Corrupción, que la inhabilitó por un año tras haberla hallado administrativamente responsable de actos de desvío de recursos.

La consejera sostuvo que apelará la resolución emitida por el tribunal oaxaqueño y, por tanto,  mientras no exista una sentencia firme en su contra o a su favor,  podrá seguirse desempeñando como titular del IEEPCO.

Sánchez indicó que esta tarde permanecía reunida con sus abogados con el objetivo de determinar cuál sería la instancia a la que recurrirían.

Asimismo, refirió que en el transcurso de este mismo día se reunirá con los representantes de los partidos políticos para explicarles cuál será el proceso que seguirá.

“Voy a apelar… tengo recursos todavía disponibles; la propia resolución es clara: es hasta que cause ejecutoria y que ‘cause ejecutoria’ significa una vez que hayan concluido todos los medios de impugnación”, señaló la funcionaria.

“Entonces, hasta que se resuelva el último recurso… si no es favorable a mí; entonces sería (efectiva la sanción), pero justo estoy en este momento con los recursos; tengo 15 días para promoverlo, pero yo lo estoy haciendo de manera inmediata”, refirió.

“Eso justo estoy revisando con los abogados… justo para eso voy a reunirme con ellos”, apuntó sobre cuál será la instancia o las instancias a las que recurrirá.

Sánchez reconoció que la determinación del Tribunal de Justicia Administrativa genera incertidumbre al interior del IEEPCO, a menos de dos meses del proceso electoral del dos de junio.

“Hay una incertidumbre porque hay trabajos pendientes que realizar… justo hoy tuvimos reunión de trabajo con las áreas, verificando todos nuestros pendientes de aquí a cuando menos una semana.

“Estamos en tiempo. En cada una de las áreas se está trabajando; en el consejo general constantemente estamos sesionando. Debemos tener certeza de que se resuelvan de manera inmediata los recursos (de apelación)”.

Y reiteró que no se separará del cargo: “Eso estoy mencionando, que tengo recursos. La resolución es clara…  causa ejecutoria cuando se hayan resuelto estos recursos; por lo tanto, no me voy a separar del cargo.

“Me voy a reunir con los partidos políticos para poder platicar con ellos; ya algunos han preguntado y les estoy informando”.

Antecedentes

La Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, determinó inhabilitar durante un año a la presidenta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez González, y a Noemí Sánchez Gutiérrez, encargada del Despacho de la Coordinación Administrativa del mismo organismo, al hallarlas administrativamente  responsables de actos de desvíos de recursos.

Según el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa Grave 009/2023, la denuncia fue presentada en contra de ambas servidoras públicas en agosto de 2023 por la Contraloría del IEEPCO.

En el expediente se acusa a ambas servidoras de incurrir en la falta administrativa grave de desvío de recursos públicos por no comprobar la correcta utilización de 19 millones 975 mil pesos, que fueron distribuidos en diversos procesos de adquisiciones.

En ese sentido, el Tribunal de Justicia Administrativa sostuvo que durante el proceso abierto se acreditó “la plena responsabilidad” de Elizabeth Sánchez González y Noemí Sánchez Gutiérrez, “en la comisión de la falta administrativa grave de desvío de recursos públicos, de acuerdo a las consideraciones plasmadas en el considerando sexto de esta sentencia”.

Ante ello, resolvió imponer “la sanción administrativa de inhabilitación temporal por el periodo de un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones,  arrendamientos, servicios y obras públicas”.

Lo anterior “de conformidad con lo previsto por el artículo 78, fracción cuatro, última parte del párrafo cuarto de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo expuesto en el considerando séptimo de la presente sentencia, surtiendo sus efectos legales en el momento de la notificación”.

La sentencia lleva fecha del dos de abril de 2024.