Con 31 votos y tras polémica por privatización de propiedad social, Congreso de Oaxaca deroga Artículo 25 de Ley de Ingresos

Oaxaca.- Con 31 votos a favor y cero en contra el Congreso de Oaxaca derogó esta tarde el artículo 25 de la Ley de Ingresos del estado de Oaxaca, cuyo contenido fue señalado de pretender “privatizar” la propiedad social.

Finalmente, después de más de tres meses de polémica, la 65 legislatura decidió dar marcha atrás con ese precepto con el objetivo de que ya no se ofrezcan incentivos fiscales a aquellas personas que busquen regularizar como propiedad privada un predio emanado de bienes ejidales o bienes comunales.

El Artículo 25 de la Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca contemplaba el programa Certeza Jurídica de la Tierra para la Seguridad y Bienestar del Patrimonio.

La norma señalaba que “el Programa de Certeza Jurídica de la Tierra para la Seguridad y Bienestar del Patrimonio, otorgará estímulos fiscales a los beneficiarios del programa, consistente en el 50 por ciento de los derechos contenidos en el artículo 25 fracciones I y II de la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca y 50 por ciento del Impuesto para el Desarrollo Social.

 “Así como 100 por ciento de los derechos previstos en los artículos 35 fracción I, 44 fracción I, 47 fracción 10 de la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca, así como del 100 por ciento sobre las multas generadas ante el Instituto Catastral para el Estado de Oaxaca y el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca por presentación extemporánea de los trámites conducentes y 100 por ciento del Impuesto para el Desarrollo Social previsto en la Ley Estatal de Hacienda”.

Además, la normativa especificaba que “la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca es la instancia competente para la aplicación del presente estímulo fiscal”.

Prácticamente todos los incentivos tenían que ver con los servicios públicos que se realicen en  materia de regularización de la tenencia de la tierra, como es el caso de expedición de títulos de propiedad y expedición de certificados de posesión inmobiliaria, así como en materia de registro catastral y registro de la propiedad.

Según la autoridad, su objetivo era darle certeza jurídica a las personas poseedoras de predios, siempre y cuando ya hayan sido desincorporados de los núcleos agrarios ejidales o comunales, previamente autorizados en asamblea comunitaria.