Diputados aprueban que desaparición forzada sea delito de lesa humanidad

Con 470 votos a favor el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones de último momento la iniciativa para reformar las leyes General en materia de Desaparición Forzada de Personas, del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, del Código de Justicia Militar y de la Ley del Registro Nacional de Detenciones, para clasificar la desaparición forzada como delito de lesa humanidad.

Con esta modificación, que fue enviada al Senado para su análisis, se especifica que la desaparición forzada cometida por particulares, se atribuye a una persona o grupo que no reconocen la privación de la libertad de una persona ni el paradero de una persona desaparecida; mientras que para el caso de que los infractores sean servidores públicos, los superiores jerárquicos serán también considerados autores del crimen cuando hayan tenido conocimiento de que sus subordinados estaban cometiendo esa acción o tenían la intención de cometerla.

Así lo explicó la diputada promovente de Morena, Karla Almazán.

“Este dictamen contempla muchas reformas para tipificar la desaparición forzada como crimen de lesa humanidad, especificar los supuestos en los que el superior jerárquico de quien cometa desaparición forzada puede ser considerado como responsable, ampliar la protección de los menores ante la desaparición forzada, perfeccionar la tipificación de la desaparición forzada cometida por particulares, destacan las reformas como eliminar la posibilidad de los tribunales militares, conozcan asuntos en materia de desaparición forzada”.

De acuerdo a la iniciativa, en caso que estén involucrados militares, la investigación, persecución, procesamiento y sanción de quienes se involucren en ese tipo de crímenes, sólo será competencia de autoridades civiles, sean federales o estatales; esto a pesar de que el delito involucre sólo a miembros de las Fuerzas Armadas.

“Consiste en que se recojan varias propuestas de reforma de ley general en materia de desapariciones forzadas para armonizar nuestro derecho vigente con lo establecido en los tratados internacionales en materia de desapariciones forzadas. La aprobación de este dictamen se suma a los esfuerzos realizados desde la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia en el caso Ayotzinapa”.

Finamente, se puntualiza que el Registro Nacional de Detenciones deberá también incluir la información de personas detenidas durante las distintas etapas del proceso penal abierto por desaparición forzada, así como los datos de quienes hayan sido privadas de su libertad en instituciones privadas, incluidas residencias psiquiátricas, hospitales, centros de día, centros de desintoxicación y rehabilitación para usuarios de drogas, instituciones de asistencia y cuidados alternativos de menores de edad y personas con discapacidad.