Tras ser señalado de pretender privatizar propiedad social, anuncia Gobernador de Oaxaca derogación de Artículo 25 de Ley de Ingresos

Oaxaca.- Luego de tres meses de polémica, el gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz, anunció esta tarde la derogación del Artículo 25 de la Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca, que contempla el programa Certeza Jurídica de la Tierra para la Seguridad y Bienestar del Patrimonio y que ofrece diversos estímulos para que poseedores de propiedades emanadas de regímenes ejidal o comunal puedan transitar hacia la propiedad privada.

No sin antes reclamar la postura de los medios de comunicación que lo “distorsionan todo”, el mandatario sostuvo que “vamos a derogar el Artículo 25 de la Ley de Ingresos, vamos a eliminar las referencias a los incentivos fiscales; todo seguirá operando como venía haciéndose en las leyes de ingresos anteriores”.

Al encabezar la inauguración del Primer Encuentro Estatal de Órganos de Representación y Vigilancia de Ejidos y Comunidades del Estado de Oaxaca, en el Centro Cultural y de Convenciones, en Santa Lucía del Camino, el mandatario, sin embargo, no precisó cuándo sería abrogada aquella norma.

 Asimismo, Salomón Jara arremetió contra el periodista oaxaqueño Alfredo Martínez de Aguilar, quien fue el primero en publicar el contenido de aquella ley.

“Y lo voy a decir con todas sus letras con toda claridad y fuerte para que se oiga lejos y también para que los medios de comunicación que lo distorsionan todo, pues lo tengan más claro”, reclamó el mandatario, haciendo uso de toda la estructura de comunicación del gobierno del estado.

“Para resolver de manera definitiva la controversia generada por los incentivos fiscales establecidos en la Ley de Ingresos para el Programa Certeza Jurídica de la Tierra para la Seguridad y Bienestar del Patrimonio, quiero decirles que atendiendo una legítima preocupación vamos a derogar el Artículo 25 de la Ley de Ingresos, vamos a eliminar las referencias a los incentivos fiscales; todo seguirá operando como venía haciéndose en las leyes de ingresos anteriores”, señaló el titular del Poder Ejecutivo.

“Pero por un periodista y me dijeron que no diera el nombre, pero sí lo voy a decir… Alfredo Martínez de Aguilar”, abundó.

Luego, Jara intentó descalificar la labor del periodista, cuya información fue retomada por medios como La Jornada y el periódico Reforma.

“Por cierto, ayer marchó la derecha, la ultraconservadora, la que quiere privatizar todos los bienes de este país… ahí estuvo al frente él; fue el que sacó en los medios de comunicación que su servidor tenía interés de privatizar la tierra de Oaxaca, bienes comunales y ejidales”, reprochó.

Sin embargo, omitió decir que organizaciones no gubernamentales y asambleas comunitarias de todo el estado también recriminaron aquella ley y exigieron su cancelación.

El Artículo 25 de Ley de Ingresos de Oaxaca señala que “el Programa de Certeza Jurídica de la Tierra para la Seguridad y Bienestar del Patrimonio, otorgará estímulos fiscales a los beneficiarios del programa, consistente en el 50 por ciento de los derechos contenidos en el artículo 25 fracciones I y II de la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca y 50 por ciento del Impuesto para el Desarrollo Social.

 “Así como 100 por ciento de los derechos previstos en los artículos 35 fracción I, 44 fracción I, 47 fracción 10 de la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca, así como del 100 por ciento sobre las multas generadas ante el Instituto Catastral para el Estado de Oaxaca y el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca por presentación extemporánea de los trámites conducentes y 100 por ciento del Impuesto para el Desarrollo Social previsto en la Ley Estatal de Hacienda”.

Además, la normativa específica que “la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca es la instancia competente para la aplicación del presente estímulo fiscal”.

Prácticamente todos los incentivos tienen que ver con los servicios públicos que se realicen en  materia de regularización de la tenencia de la tierra, como es el caso de expedición de títulos de propiedad y expedición de certificados de posesión inmobiliaria, así como en materia de registro catastral y registro de la propiedad.

Según la autoridad, su objetivo era darle certeza jurídica a las personas poseedoras de predios, siempre y cuando ya hayan sido desincorporados de los núcleos agrarios ejidales o comunales, previamente autorizados en asamblea comunitaria.