La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución de la Sala Regional Especializada que declaró existente la violencia política en razón de género (VPG) cometida por el entonces gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, en contra de Juanita Guerra Mena, exdiputada federal de Morena y actual senadora del PVEM.
Por ello, ordenó inscribir a Cuauhtémoc Blanco y a Arturo Millán, entonces director general de logística y eventos de Morelos, por un año y seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE.
Ambos, además, deberán tomar un curso para protección de derechos de las mujeres, mientras que el Congreso de Morelos deberá determinar si los exfuncionarios morelenses tendrán otras sanciones.
Por mayoría de votos, los magistrados de la Sala Superior acreditaron que Blanco Bravo y Arturo Millán impidieron a Guerra Mena —a pesar de haber sido invitada—, el acceso a un palco principal para presenciar el desfile conmemorativo del CCXI Aniversario de la Gesta Heroica “Rompimiento del sitio de Cuautla, Morelos”, que se realizó en mayo de 2023, además, que no se le permitió instalar un templete que ya se le había autorizado.
En su momento, Cuauhtémoc Blanco, actual diputado federal de Morena, impugnó la resolución de la Sala Especializada, al alegar que el acceso al palco principal no era su atribución.
Pero el Tribunal confirmó que la exclusión de una mujer de un evento público que ella misma promovió y al que previamente se le invitó, se tradujo en invisibilizarla y generó un impacto desproporcionado en el ámbito de tutela que se debe garantizar a las mujeres en el marco público.
La senadora Juanita Guerra alegó en su oportunidad que se debió sancionar a más personas por todas las conductas denunciadas, además de que no es procedente la vista al Congreso local, sino que el mismo Tribunal debió establecer una sanción.
Respecto de los agravios de los funcionarios implicados, el pleno consideró que la instancia jurisdiccional fundó y motivó debidamente la existencia de VPG, sin que sus consideraciones sean desvirtuadas y la determinación de la responsabilidad del exgobernador resulta conforme a derecho.