¡Un beso arriesgado! Esgrimista francesa elude sanción por dopaje al ganar una apelación que demostró que se “contaminó” con la saliva de su pareja

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en francés) desestimó la apelación de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) contra la Federación Internacional de Esgrima (FIE) y la esgrimista francesa Ysaora Thibus, que dictaminó que su positivo por ostarina tras un control antidopaje durante el Challenge International de Paris 2024, el 14 de enero ese año, fue causado por un beso de su pareja.

Tras conocerse el resultado del presunto dopaje, la Agencia Internacional de Controles (ITA) presentó cargos contra Thibus y su caso se trasladó al Tribunal Disciplinario Antidopaje de la FIE, que el 4 de junio consideró que la esgrimista francesa no tenía culpa y no había cometido negligencia, por lo que no le impuso ningún periodo de inegibilidad.

Esa decisión fue apelada el 17 de julio del 2024 por la AMA ante el TAS solicitando cuatro años de sanción al rechazar las explicaciones de Thibus, quien defendía que la causa más probable de la infracción “fue una contaminación por contacto con su entonces pareja, quien estaba utilizando un producto que contenía ostarina sin su conocimiento”.

PRUEBA

El 6 de marzo del 2025 se celebró una audiencia en la sede del TAS en la ciudad suiza de Lausana en la que se examinaron las pruebas y quedó “científicamente demostrado que una dosis de ostarina similar a la que ingería la pareja de la Thibus habría dejado cantidades suficientes de ostarina en la saliva como para contaminar a otra persona a través del beso“.

“El Panel del TAS dictaminó que la infracción por presencia de ostarina no fue intencional, y que no se cuestiona que la Ysaora Thibus no tuvo culpa ni negligencia. Se confirma la decisión del DDT y se desestima la apelación”, concluye el TAS en un comunicado en el que explica la decisión tomada. La esgrimista compitió en París 2024, sus cuartos Juegos Olímpicos.